EUDR y la madera: lo que tu comprador europeo te pedirá
La EUDR (Reglamento (UE) 2023/1115) se aplica desde el 30 de diciembre de 2026 a los operadores grandes y medianos, y desde el 30 de junio de 2027 a los micro y pequeños. Si produces, acopias o exportas madera y vendes a un importador europeo, no firmas la declaración, pero él no puede firmarla sin tus datos. Descarga la guía con lo que te pedirá, lote a lote.
Temas que cubre:
- Quién responde de qué en la cadena: finca, cooperativa, exportador, importador y operador posterior
- Los datos de cada lote y cómo se geolocalizan las parcelas (punto hasta 4 ha, polígono por encima)
- Qué cuenta como «sin deforestación» y «legal»: fecha de corte del 31/12/2020
- Del lote a la parcela: por qué no se admite el balance de masa y qué pasa si una parcela falla
- Riesgo país, calendario 2026-2027 y cómo empezar con Retexcycle Origins
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